lunes, 28 de marzo de 2016

PRONABET, herramienta eficaz de la STPS para prevenir factores de riesgo psicosocial

* Con estas acciones, el Gobierno de la República, a través de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, refrenda su compromiso de garantizar a los trabajadores el derecho a desempeñar sus actividades en entornos que aseguren su vida y salud.

Ciudad de México.-  La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) atiende los factores de riesgo psicosocial, como el estrés laboral y sus consecuencias, a través del Programa Nacional de Bienestar Emocional y Desarrollo Humano en el Trabajo (PRONABET).

El PRONABET es una política pública enfocada a crear una nueva cultura de salud laboral en México, que fomenta el cuidado de las emociones en el trabajo y la prevención de factores de riesgo psicosocial que afectan el bienestar de los trabajadores, tales como el estrés laboral y económico, las adicciones, el alcoholismo, el consumo de drogas y la violencia laboral, entre otros.

                        Programa Nacional de Bienestar Emocional y Desarrollo Humano en el Trabajo
Atiende, en ese sentido, aquellos factores que pueden provocar trastornos de ansiedad, no orgánicos del ciclo sueño-vigilia y de estrés grave y de adaptación, derivado de la naturaleza de las funciones del puesto de trabajo, el tipo de jornada laboral y la exposición a acontecimientos traumáticos severos o a actos de violencia laboral, por el trabajo desarrollado.

Mediante la vinculación estratégica con los sectores privado, público y social, se busca que el PRONABET se constituya en una herramienta para mejorar el entorno laboral, impulsar una adecuada comunicación en el trabajo, así como reducir y prevenir el número de accidentes y enfermedades en el centro laboral, con el fin de generar entornos organizacionales que propicien seguridad, salud, satisfacción y productividad.

El PRONABET tiene por objetivo que los trabajadores y empleadores tengan autocuidado de las emociones, autogestión de sus emociones y comunicación asertiva. Para este fin, se utiliza el método “Solve” de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el cual se centra en la prevención de los factores psicosociales, abordando la integración de la promoción de la salud en las políticas y acciones en materia de seguridad y salud en el trabajo a nivel de empresa.

Este método se basa en el reconocimiento y gestión de las relaciones de interdependencia entre los factores psicosociales y otros comportamientos relacionados con la salud y, por otra parte, sus causas en el lugar de trabajo (organización, condiciones de trabajo, relaciones laborales).

El Programa Nacional de Bienestar Emocional y Desarrollo Humano en el Trabajo, se aplica por ahora en los estados de Nuevo León, Jalisco, Estado de México y la Ciudad de México, y otorga orientación para incrementar el bienestar emocional de los trabajadores, favorecer el desarrollo humano, apoyar a los trabajadores en etapa de pre-retiro laboral y eliminar el estigma de los problemas de salud mental en el mundo laboral.

Para incorporarse al PRONABET es necesario realizar la solicitud a la STPS a través de correo electrónico en la siguiente dirección: pronabet@stps.gob.mx. Por dicho medio se proporcionará la información relacionada y los pasos a ejecutar en el proceso de implementación del programa.

Un elemento central para la prevención de riesgos psicosociales es también el cumplimiento del Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo de 2014, del que se desprenderá en el mediano plazo la nueva Norma Oficial Mexicana que especificará la forma en cómo se debe dar cumplimiento a las recientes obligaciones patronales.

Dicho Reglamento especifica las obligaciones del empleador y del trabajador en cuanto a la identificación y control de los factores de riesgo psicosocial.

El Artículo 43 de la norma obliga a los patrones, entre otras cosas, a identificar y analizar los puestos de trabajo con riesgo psicosocial por la naturaleza de sus funciones o el tipo de jornada laboral, así como identificar a los trabajadores que fueron sujetos a acontecimientos traumáticos severos o a actos de violencia laboral, y valorarlos clínicamente.

También a adoptar las medidas preventivas pertinentes para mitigar los factores de riesgo psicosocial, practicar exámenes o evaluaciones clínicas al Personal Ocupacionalmente Expuesto a estos factores, según se requiera, e informar a los trabajadores sobre las posibles alteraciones a la salud por la exposición a los factores de riesgo psicosocial.

La norma establece como aspectos a considerar dentro de los factores de riesgo psicosocial que derivan de la naturaleza de las funciones del puesto de trabajo: las condiciones peligrosas inherentes al mismo; cuando se realiza bajo condiciones inseguras; que demanda alta responsabilidad, o requiere de una intensa concentración y atención por períodos prolongados.


Con estas acciones, el Gobierno de la República, a través de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, refrenda su compromiso de garantizar a los trabajadores el derecho a desempeñar sus actividades en entornos que aseguren su vida y salud, con base en lo establecido en la Ley Federal del Trabajo.

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