* El nuevo salario mínimo que regirá a partir del primero de
enero de 2016 es de 73.04 pesos diarios.
México, D.F. - El Consejo de Representantes resolvió este
incremento considerando que en el 2015, la inflación será de alrededor del
2.0%, de acuerdo con la información que el día de hoy nos diera a conocer el
Gobernador del Banco de México, doctor Agustín Carstens Carstens, con lo cual
el poder adquisitivo del salario mínimo tendrá una recuperación de 4.80%, más
del doble de la inflación señalada.
Asimismo, el Consejo estima que con el incremento de 4.2%
para el 2016 y con una inflación estimada por el Banco de México de 3.0% para
el año, se tendrá nuevamente una recuperación en el poder adquisitivo de los
trabajadores de salario mínimo de más de un tercio de la inflación esperada.
La Comisión Nacional de los Salarios Mínimos continuará
estudiando la forma de avanzar en la recuperación del poder adquisitivo del
salario mínimo tomando en consideración la productividad, y sin que se afecten
el empleo y las demás variables económicas fundamentales.
El Consejo de Representantes en la Resolución tomada el día
de hoy también consideró que el salario mínimo real tendrá, al finalizar los
primeros 37 meses de la actual administración (diciembre 2015), una
recuperación del 4.67%, la más alta para un período similar en las últimas
siete administraciones.
El Consejo de Representantes valora ampliamente el diseño y
aplicación de la política de finanzas públicas que viene realizando la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público, contribuyendo de manera fundamental a
que el país crezca y se den las condiciones para mantener ese crecimiento en el
futuro, en beneficio de los mexicanos.
El Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los
Salarios Mínimos (CONASAMI) acordó otorgar un aumento al salario mínimo de 4.2%
para el 2016.
El nuevo salario mínimo
que regirá a partir del primero de enero de 2016 es de 73.04 pesos
diarios, dicho salario será aplicable en todo el país, toda vez que permanece
vigente una área geográfica única integrada por todos los municipios del país y
demarcaciones territoriales (Delegaciones) del Distrito Federal.
El Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (CONASAMI) acordó otorgar un aumento al salario mínimo de 4.2% para el 2016. |
En lo relativo a los salarios mínimos profesionales, los
miembros del Consejo de Representantes decidieron que se aumentaran en la misma
proporción en que lo hizo el salario mínimo general, conservando para cada
profesión, oficio o trabajo especial el mismo porcentaje de percepción por
arriba del mínimo general que fue determinado en función del grado de
calificación requerido para desempeñarlo.
El licenciado González Núñez hizo notar que el Consejo de
Representantes tomó una decisión unánime en la fijación de los salarios mínimos
generales y profesionales para 2016, por décimo tercer año consecutivo,
preservando así un diálogo franco y abierto entre los factores de la producción
para conciliar los intereses que beneficien a los trabajadores del país y al
crecimiento de la planta productiva nacional.
Al resolver el incremento del salario mínimo para el 2016,
el Consejo de Representantes fundamentó su decisión, entre otros en los
siguientes elementos:
Resolvió este incremento considerando que en el 2015, de
acuerdo con la información de que la inflación durante el presente año
terminará alrededor del 2.0%, de acuerdo con la información dada a conocer
oficialmente al Consejo, el día de hoy, por el Gobernador del Banco de México,
doctor Agustín Carstens Carstens, con lo cual el poder adquisitivo del salario
mínimo tendrá una recuperación del 4.80%, más del doble de la inflación
señalada.
Asimismo, el Consejo estima que con el incremento de 4.2%
para el 2016 y con una inflación estimada por el Banco de México de 3.0% para
ese año, se tendrá nuevamente una recuperación en el poder adquisitivo de los
trabajadores de salario mínimo de más de un tercio de la inflación esperada.
La Comisión Nacional de los Salarios Mínimos continuará
estudiando la forma de avanzar en la recuperación del poder adquisitivo del
salario mínimo considerando el incremento de productividad, y sin que se
afecten el empleo y demás variables económicas fundamentales.
El Consejo de Representantes en la Resolución tomada el día
de hoy también consideró que el salario mínimo real tendrá al finalizar los
primeros 37 meses de la actual administración (diciembre 2015) una recuperación
del 4.67%, la más alta para un período similar en las últimas siete
administraciones.
El Consejo de Representantes valora ampliamente el diseño y
aplicación de la política de finanzas públicas que viene realizando la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público, contribuyendo de manera fundamental a
que el país crezca y se den las condiciones para mantener ese crecimiento en el
futuro en beneficio de los mexicanos.
En adición a lo anterior, el Consejo de Representantes al
establecer los salarios mínimos que habrán de regir a partir del 1º de enero de
2016, sustentó su Resolución, entre otros, en los siguientes factores:
La Reforma Constitucional en materia de desindexación del
salario mínimo constituye un paso trascendente y una base firme para que la
política de salario mínimo pueda transitar en el futuro sin una de sus
principales ataduras, hacia una recuperación gradual y sostenida de su poder
adquisitivo, que permita en un horizonte temporal viable, siempre teniendo en
consideración las condiciones económicas por las que evoluciona la economía
mexicana, llegar a ser un salario digno para los trabajadores de México.
La decisión del Consejo de Representantes de crear una
Comisión Consultiva para la Recuperación gradual y sostenida de los salarios
mínimos generales y profesionales fue acertada y anticipó la necesidad de tomar
decisiones de manera fundada y responsable para definir una nueva política de
salario mínimo a partir de la superación de las ataduras que han impedido dar
cumplimiento al mandato constitucional.
El primer paso ya se ha dado con la desindexación, el
siguiente paso debe ser el de romper la atadura del vínculo no formal entre el
incremento del salario mínimo y los incrementos salariales en la contratación
colectiva federal y local y, en general, con lo que se ha denominado en la
literatura especializada el “efecto faro” del incremento del salario mínimo
sobre la parte que impacte la estructura salarial del país.
A manera de ejemplo, e expone a continuación el monto del
salario mínimo profesional que entrará en vigor a partir del primero de enero
de 2016:
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En consecuencia, los sectores obrero y empresarial se pronunciaron a favor de que las negociaciones
de los salarios contractuales se realicen en la más amplia libertad de las
partes, dentro de las condiciones específicas de cada empresa, tomando en
cuenta su productividad, competitividad y la imperiosa necesidad de generar
empleos productivos, de manera tal que el incremento que se determina a los
salarios mínimos, no sea una referencia para dichas negociaciones, aportando
con esto un claro mensaje de que el incremento al salario mínimo no debe
tomarse como referente obligado en los procesos de revisiones salariales
contractuales.
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